Despidos, salarios impagados e incapacidades, con los plazos claros desde la primera consulta.
¿Te encuentras en alguna de estas situaciones?
Para impugnar un despido dispones de 20 días hábiles desde el día siguiente a su fecha de efectos; no cuentan sábados, domingos ni festivos. Pasado ese plazo, la acción caduca aunque el despido fuera injusto.
Antes de demandar es obligatorio presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de conciliación del Gobierno de Aragón, que tiene oficina en Huesca. Su presentación suspende el plazo, pero conviene no apurarlo.
Si te entregan la carta, puedes firmar que la has recibido: eso no significa que estés de acuerdo con ella.
Contrato, nóminas de los últimos 12 meses, la carta o comunicación de la empresa, informe de vida laboral, finiquito si lo hay y los mensajes o correos relevantes. Si te falta algo, ven igualmente y lo vemos.
Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido. Es un plazo de caducidad: no se amplía. Por eso conviene consultar en cuanto recibas la carta.
En general sí, también en un despido disciplinario, siempre que tengas el periodo de cotización necesario. Reclamar el despido no te impide solicitar la prestación.
En el proceso laboral, en primera instancia y por regla general, el trabajador no paga las costas de la empresa, salvo mala fe o temeridad. Te explico los costes concretos antes de empezar.
Depende del asunto. Antes de encargarme el caso recibirás por escrito los honorarios y qué incluyen.
En materia laboral los plazos son breves: consulta cuanto antes.
Despacho en C/ Zaragoza 9, 1º C, Huesca · 974 23 87 88 · info@lauraara.com
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