Abogada de herencias y Derecho civil en Huesca

Herencias con las reglas propias de Aragón, alquileres, desahucios y reclamaciones, con orientación clara antes de decidir.

 

¿Te encuentras en alguna de estas situaciones?

 

  • Ha fallecido un familiar y no sabéis cómo repartir la herencia o hay desacuerdo entre herederos.
  • Quieres hacer testamento u ordenar tu patrimonio pensando en tu familia.
  • Tu inquilino no paga o eres inquilino y tienes un conflicto con el propietario.
  • Te deben dinero y no consigues cobrarlo.
  • Tienes un problema con la comunidad de propietarios, una compraventa o un contrato.

 

Herencias en Aragón: reglas que conviene conocer

 

Si la persona fallecida tenía vecindad civil aragonesa, su herencia se rige por el Código del Derecho Foral de Aragón, aunque los bienes estén en otro lugar.

  • Legítima colectiva: la mitad de la herencia debe ir a los descendientes, pero puede repartirse entre ellos como el causante quiera, incluso a uno solo.
  • Viudedad aragonesa: el cónyuge viudo tiene, por regla general, el usufructo de los bienes del fallecido.
  • Responsabilidad limitada del heredero: como regla general, el heredero responde de las deudas del causante solo con los bienes que recibe de la herencia.
  • Instrumentos propios: testamento mancomunado, pactos sucesorios y fiducia aragonesa, muy útiles para planificar la sucesión en familia y en la empresa familiar.

 

¿Cómo te ayudo?

 

  • Herencias: aceptación y partición, inventario, conflictos entre herederos y reclamación de la legítima.
  • Testamentos y planificación con las figuras del Derecho aragonés.
  • Arrendamientos: contratos, reclamación de rentas y fianzas, desahucios por impago o fin de contrato.
  • Comunidades de propietarios: impugnación de acuerdos y reclamación de cuotas.
  • Reclamación de deudas y contratos: requerimientos, procedimiento monitorio e incumplimientos.
  • Indemnizaciones: accidentes de tráfico y otros daños.
  • Préstamos hipotecarios: revisión de cláusulas y gastos de formalización.

 

Antes de demandar: negociación previa obligatoria

 

Desde el 3 de abril de 2025, en la mayoría de asuntos civiles hay que intentar antes un medio adecuado de solución de controversias: negociación entre abogados, mediación, conciliación u oferta vinculante.

 

Bien planteado, es una oportunidad real de cerrar el conflicto sin juicio, y si no hay acuerdo deja preparado el terreno para la demanda.

 

Preguntas frecuentes

 

¿Cómo sé si una herencia se rige por el Derecho aragonés?

Depende de la vecindad civil del fallecido en el momento de su muerte, no de dónde estén los bienes ni de dónde vivan los herederos. Si hay dudas, se revisa en la primera consulta.

 

¿Tengo que pagar las deudas del fallecido?

En Aragón, como regla general, solo con los bienes que recibes de la herencia, no con tu patrimonio. Aun así, conviene conocer las deudas antes de aceptar.

 

Mi inquilino no paga, ¿qué hago primero?

Reúne el contrato y el detalle de lo debido. Con eso valoro el requerimiento previo y el procedimiento más rápido para tu caso.

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Te explico tus opciones y sus costes antes de dar ningún paso.

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